Desde la llegada de las vacunas contra el coronavirus, en ADMINAGÉS, tu asesoría de confianza en Zaragoza sabemos que se han generado debates entre la sociedad.

Aunque el gobierno planificó un calendario de vacunación, el hecho de que no fuese obligatorio ponérsela unido al escepticismo que tienen muchos españoles, está creando una gran incertidumbre y es que no todos están en disposición de vacunarse. Es cierto que una gran mayoría se la ha puesto, pero aún quedan muchos que no lo han hecho. Por si esto fuera poco, hay que añadir un aspecto más y es que Europa propuso dejar en manos de las empresas el que puedan prescindir o no contratar a aquellas personas que no estén vacunadas, haciendo que el empresario pueda discriminar a la hora de escoger a alguien para un puesto en su empresa.

Quizás, desde un punto de vista laboral, no sería ni ético ni legal, pero ¿quién podría comprobar que te han despedido o no te contratan por negarte a la vacuna?

Cualquier empresario es libre de contratar a quién quiera con los requisitos que quiera para un trabajo determinado. Aunque la Constitución refleja que ningún español debe ser discriminado por ningún motivo y todos tienen los mismos derechos en la vida y a la integridad física y moral, en ADMINAGÉS, tu asesoría de confianza en Zaragoza te contamos que el Estatuto de los Trabajadores determina el derecho del empresario a marcar unas preferencias para contratar, lo que choca con el artículo de la Constitución.

Si es cierto que en determinadas profesiones, puede ser comprensible que la no vacunación pueda suponer un riesgo para el resto de los empleados y se pueda exigir la vacuna como un requisito más para ser contratado, sería el caso de sanitarios en centros de salud, hospitales, residencias…donde están expuestos directamente a un posible contagio, poniendo en jaque la salud del resto de compañeros, a la organización y al desempeño de las labores del centro. Pero por esa regla de tres, podría exigirse también que dependientes de tiendas, al tener un contacto directo con personas, se les “obligara” a tenerla puesta para no ser contratada o despedida.

Desde ADMINAGÉS, tu asesoría de confianza en Zaragoza te contamos que existen dos formas principales para ser despedido:

-El disciplinario, en el que el trabajador incumple su contrato.

-Y por objetivos. Es este el que permite que aquel trabajador que no se adapte a su puesto de trabajo pueda ser despedido y esto podría hacerse extensivo al hecho de que un trabajador no se vacune.

Quizás en breve, asistamos a un decreto ley en el que esa exigencia pueda ser establecida para determinados sectores, encontrando un amparo legal, por lo que el trabajador deberá asumir que no vacunarse podría costarle el puesto de trabajo o que no le den ese trabajo para el que está cualificado/a. Como puedes ver, el tema no está exento de polémica y de un cierto grado de realidad.

En resumen, desde ADMINAGÉS, tu asesoría de confianza en Zaragoza podemos concluir diciendo que la misma libertad tiene el trabajador de vacunarse o no vacunarse como el empresario de contratar o no contratar y mantener o no mantener a un trabajador. Mientras que no sea obligatoria, cada cuál que decida qué es lo mejor para cada uno, en el ámbito laboral y personal.