Ya no nos sorprende y de hecho estamos cada vez más acostumbrados a que cuando llamamos a alguna empresa o nos llaman, oigamos al otro lado que “por motivos de seguridad o por mejorar la calidad del servicio, nuestra llamada será grabada”.

Pero desde ADMINAGÉS, tu asesoría de confianza en Zaragoza sabemos que es normal que te llegues a preguntar si eso es legal o no y si cualquiera puede grabar una conversación. Para resolver tus dudas, vamos a darte unas claves para que las llamadas telefónicas de tu empresa cumplan con todos los requisitos legales y puedan ser grabadas.

Estamos de acuerdo de que el servicio de llamadas telefónicas, forman parte de la actividad laboral de muchas empresas, ya sea mediante encuestas de satisfacción, para realizar gestiones, atención al cliente, verificar los datos de e identidades de quien está al otro lado de la línea…de ahí que en ADMINAGÉS creamos conveniente que en muchas ocasiones sea necesario disponer de un sistema de grabación de llamadas.

Pero aún así, surgen dudas respecto a la legalidad de este hecho, puesto que en determinadas ocasiones se puede estar vulnerando el derecho al honor, a la intimidad personal e incluso a la imagen de la persona, todo ello recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, especialmente en lo relativo a su apartado 3 en virtud del cual se garantiza el secreto de las comunicaciones telefónicas, salvo que así lo determine una resolución judicial, en ese caso sería legal grabar las llamadas en las que uno de los interlocutores interviene directamente como parte, no así la grabación de llamadas de terceros.

Aunque desde ADMINAGÉS te contamos que, una reciente publicación de la normativa en materia de protección de datos, introdujeron nuevas disposiciones para que la grabación de las llamadas telefónicas empresariales pueda hacerse de manera legal, cumpliendo con todas las garantías.

De todas maneras, hay una forma de grabar las llamadas telefónicas legalmente y es advirtiendo a la otra persona de que la llamada está siendo grabada, pero además debe contar con el consentimiento del interlocutor, quedando constancia en la grabación de que así es. No solo esto, además el motivo por el que una grabación puede realizarse debe estar contemplado legalmente, como el cumplimiento de un contrato, la protección de intereses de particulares, seguridad de interés público, motivos legítimos por los que la empresa quiere grabar la llamada…

En ADMINAGÉS te informamos de que si la conversación de una llamada está siendo grabada sin cumplir la legalidad, la empresa se arriesga a que recaiga sobre ella una sanción que podría alcanzar la cifra de 20 millones de euros o en caso de no poder hacer frente a tal multa, la equivalencia al 4% del volumen de negocios en un año de la empresa. De esto ya se encargaría la Agencia Española de Protección de Datos.

Si quieres instalar el servicio de grabaciones de llamadas en tu empresa y asegurarte de que cumple con todos los requisitos legales, en ADMINAGÉS, tu asesoría de confianza en Zaragoza estaremos a tu disposición para asesorarte al respecto. No te la juegues.