Aunque el estado de alarma ya pasó y confiemos en que no nos vuelvan a confinar de la misma forma como la que ocurrió al comienzo de la pandemia, en ADMINAGÉS en Zaragoza te contamos que aun así, cualquier empresa debe seguir una serie de medidas de prevención obligatorias, para evitar que suceda un brote entre sus empleados.

 

El Gobierno sacó el Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, en el que se estableció las obligaciones de prevención que deben seguir las empresas en esta “nueva normalidad” tras el estado de alarma por el Covid-19, que entró en vigor el pasado 11 de junio y que se aplicarán junto con las normas que especifique cada Comunidad Autónoma.

Desde ADMINAGÉS en Zaragoza, como asesoría laboral para empresas y autónomos, pasamos a resumirte estas medidas de prevención laboral y seguridad que deberá aplicar tu empresa:

-Se deberá cumplir con las medidas de ventilación, limpieza y desinfección, en base a las características de uso del centro de trabajo.

-Proporcionar a los trabajadores desinfectantes o medios para la limpieza de manos , además de guantes y mascarillas.

-Mantener el orden en los puestos de trabajo para que se garantice una distancia de seguridad como mínimo de 1,5 metros. Si esto no fuera posible, se deberá proporcionar equipos de protección según el nivel de riesgo.

-En ADMINAGÉS en Zaragoza vemos necesario adaptar tanto las condiciones de trabajo, la ordenación de los puestos, como los turnos y uso de zonas comunes para garantizar la distancia mínima.

-Evitar que en las franjas de mayor afluencia de personal, haya una coincidencia masiva entre clientes y trabajadores.

-Si fuera posible, hacer una reincorporación progresiva del teletrabajo o que aquellos trabajadores que puedan, sigan desempeñando sus funciones desde casa.

-Desde ADMINAGÉS en Zaragoza recomendamos prestar especial atención y si un trabajador tiene síntomas o es diagnosticado de coronavirus, no deberá acudir al centro de trabajo y notificarlo lo antes posible.

Estas medidas se verán implementadas o modificadas por las Comunidades Autónomas o administraciones competentes si fuese necesario.

No debemos olvidar, que el uso de mascarillas es obligatorio tras el estado de alarma, tanto en vía pública, espacios al aire libre y cualquier espacio cerrado y abierto al público.

También en los medios de transporte públicos y privados, incluido el conductor, si los ocupantes no conviven en el mismo domicilio.

Están exentos de esta obligación, las personas con alguna enfermedad, dificultad respiratoria o discapacidad y los menores de 6 años.

 

Así que desde ADMINAGÉS en Zaragoza, como tu asesoría de confianza en asuntos laborales para empresas y autónomos, te recomendamos que adaptes los protocolos de prevención al plan de prevención de riesgos laborales de tu empresa según la normativa, como incidencia por riesgo al Covid-19. Cualquier duda al respecto, visítanos y te la resolveremos.